DEMANDA LABORAL ARTICULO 47 Y 51 PARA TONTOS

demanda laboral articulo 47 y 51 para tontos

Las demandas laborales deben presentarse en presencia de los Juzgados de la jurisdicción laboral competentes para el enjuicamiento la materia sobre la que encontrarse la batalla ejercitada por el demandante.Con la demanda no es necesario adjuntar las pruebas que tenemos, pero sea nóminas, contratos de trabajo u otros documentos que puedan acredit

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